2. RECLAMO FORMAL
A la recepción de un reclamo formal el área de siniestros pondrá en marcha un proceso de evaluación de la documentación y del caso según corresponda, el área de siniestros abrirá un archivo o expediente, enviando al cliente acuse de recibo o en su caso solicitud formal en caso de falta de documentos y/o información relevante para la solución del caso.
Antecedentes
Para presentar un reclamo preliminar.
El consignatario o embarcador deberá presentar por escrito su inconformidad en hoja con membrete, especificado el número de awb y hawb, esta ultima si corresponde, junto con una copia de la guía aérea.
Para presentar un reclamo formal.
Carta reclamo formal del consignatario
Copia del pre reclamo con sello, firma y fecha de recepción.
Copia de la guía aérea (mawb), guías hijas (hawbs)
Factura comercial
Lista de empaque
Acta de inspección, emitida por un tercero imparcial o institución gubernamental.
Certificado de destrucción
Liquidación de venta
Subrogación de derechos
Documentación que acredite la correcta exportación o importación, pago de impuestos. Etc.
Todo documento relacionado con el embarque que sirva como respaldo a lo expresado en el reclamo formal.
Liquidación de venta, en caso de que las mercancías puedan ser liquidadas en el mercado a costos inferiores debido a los daños ocasionados a la carga.
Consideraciones:
La responsabilidad del transportista aéreo se encuentra limitada a lo establecido en el convenio de Varsovia, la Haya o Montreal, según aplique y al contrato de transporte.
De acuerdo a estos tratados que regulan el transporte de carga aérea, el transportista, no será responsable por daños a:
- La naturaleza de la carga, defectos, calidad o vicio propio de la mercancía.
- Embalaje defectuoso de la mercancía, realizado por una persona que no sea el transportista.
- Caso fortuito o de fuerza mayor (incluyendo un acto de guerra o un conflicto armado.)
- Un acto de parte de las autoridades en relación a la entrada, salida o transito de la carga.
Plazos de presentación de reclamos
El embarcador y/o destinatario o la persona que obtenga los derechos a la entrega o recepción de la carga deberá presentar su reclamo dentro de los plazos que se indican a continuación:
- En caso de daños visibles a la carga, inmediatamente después de haber descubierto los daños y dentro de los 14 días naturales.
- En caso de otros daños dentro de los 14 días naturales contando a partir de la fecha de recepción de la carga en destino.
- En caso de bultos faltantes, dentro de los 120 días naturales a partir de la fecha de emisión de la guía aérea, o en su caso a partir de la fecha de recepción por el transportista.
Contactos:
Carmen Villanueva, cvillanu@masair.com Tel 5786.95.55 Ext. 172
Fernando Gonzalez, fgonzale@masair.com Tel 5786-95-55 Ext. 165